¡Atencion compradores y vendedores de inmuebles Nueva Regla de la DGII

¡Atención, compradores y vendedores de inmuebles! Nueva regla de la DGII

Si vas a comprar un inmueble de más de RD$ 1,000,000.00, hay una regla que debes cumplir para que la DGII no te frene el proceso. A partir del 1 de mayo de 2025, es obligatorio especificar el medio de pago utilizado en la transacción.

Ismairy Ciriaco RRSS Profile HJ

Ismairy Ciriaco

19 de marzo de 2025

¿De qué se trata esta medida?

A partir de la fecha indicada, cualquier acto de compraventa, dación de pago, permuta, cuota litis o partición amigable relacionado con bienes inmuebles, tienes que dejar claro cómo pagaste. Es decir, el documento debe indicar qué medio usaste para hacer la transacción (transferencia, cheque, efectivo, etc.).

Esto significa que, cuando se realice el pago del impuesto de transferencia inmobiliaria, la DGII verificará si se ha cumplido con este requisito. O sea, si esta información no aparece, la DGII no te emitirá la autorización de pago ni el descargo de la transferencia. En pocas palabras, tu trámite se queda en el aire hasta que pongas todo en orden.

¿A quién afecta esta disposición?

  • Notarios públicos: Están obligados a exigir y conservar la prueba fehaciente del pago conforme a la Norma General 07-22
  • Compradores y vendedores de Inmuebles: Deben asegurarse de que los documentos de la transacción incluyan la información del pago realizado
  • Trámites ante la DGII: No se podrán procesar solicitudes de transferencias sin este requisito

Para más información, puedes comunicarte con la DGII a través del (809) 689-3444, escribir al correo información@dgii.gov.do o visitar el portal www.dgii.gov.do.

Y tú, ¿Qué opinas? 

Déjanos tu punto de vista y analicemos el tema en conjunto.

Leave A Comment

Estamos orgullosos de lo que hacemos