Ley No. 171-07 sobre Incentivos Especiales a Pensionados y Rentistas
Si eres un pensionado que quiere disfrutar de su retiro en este hermoso país, o un rentista que busca manejar sus ingresos desde la comodidad de una "hamaca" con vista al Caribe, la República Dominicana tiene la solución perfecta para ti con su Ley No.171-07 sobre Incentivos Especiales a Pensionados y Rentistas.
Ismairy Ciriaco
24 de julio de 2024
Pero ¿Cuál es el objetivo principal de la Ley 171-07 sobre Incentivos Especiales a Pensionados y Rentistas? La Ley No.171-07 promulgada el 13 de julio de 2007, tiene como objetivo atraer a la República Dominicana a pensionados y rentistas con ingresos del extranjero promoviendo así la inversión y el desarrollo del país.
ARTÍCULO 2.- Objetivo Principal de la Ley. Tanto los pensionados como los rentistas que cumplan con
los requisitos y condiciones establecidas mediante la presente ley podrán acogerse a los mismos beneficios y
exenciones otorgadas a los inversionistas extranjeros ciudadanos residentes en el exterior.https://dgii.gov.do/legislacion/leyesTributarias/Documents/Leyes%20de%20Incentivos%20y%20Fomentos/171-07.pdf
¿Quiénes pueden acogerse a la Ley 171-07?
Pensionados: Personas que reciben una pensión de retiro laboral desde el extranjero. Así que, si has trabajado toda tu vida y ahora deseas disfrutar de tus años dorados en un lugar cálido y acogedor, esta ley te ampara.
Rentistas: Personas que obtienen ingresos fijos y estables del extranjero a través de inversiones, rentas, intereses u otras fuentes legales. Si buscas un destino que combine calidad de vida y beneficios fiscales, aquí tienes tu respuesta.
Requisitos de ingreso según la Ley 171-07
- Pensionados: Con un ingreso mensual mínimo de 1,500 dólares, puedes calificar y empezar a vivir la vida que siempre has soñado.
- Rentista: Si tus ingresos fijos mensuales son al menos de 2,000 dólares, ya tienes el pase directo a una nueva vida llena de posibilidades.
Beneficios y exoneraciones para los pensionados y rentistas
- Residencia por Inversión: este programa permite a los inversionistas extranjeros, pensionados y rentistas obtener la residencia dominicana en un plazo de 45 días laborables.
- Exención del pago de impuestos de los ajuares del hogar y bienes personales, que permite a los extranjeros que ingresen al país, con el propósito de establecer su residencia, traer sus ajuares del hogar libre de pago de impuestos.
- Exención parcial de los impuestos aplicables a la importación de vehículos de motor usados, siempre y cuando su propietario posea al menos un año de uso.
- Exención del pago de los impuestos sobre transferencia inmobiliaria, sobre la primera propiedad adquirida.
- Exención del pago del Impuesto sobre la Renta respecto a las sumas que hayan sido declaradas como ingreso para acogerse a los beneficios de la Ley.
- Exención del 50% de los impuestos sobre hipotecas, siempre y cuando el acreedor sea una institución financiera regulada por la Ley Monetaria y Financiera.
- Exención del 50% del impuesto que grava el pago de dividendos (25%).
- Exención del impuesto sobre ganancia de capital (25%), siempre y cuando el rentista sea el accionista mayoritario de la sociedad que deba pagar este impuesto y que la misma no realice actividades comerciales o industriales.
- Exención del pago del Impuesto de Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) y del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) por la adquisición de vehículos de motor en la República Dominicana.
Si llegas a ser beneficiario de esta ley, Olvídate de los impuestos al transferir una propiedad en los primeros seis meses, puedes traer tus pertenencias sin pagar ni un centavo, también puedes importar tu vehículo, obtienes la residencia permanente, lo que te permitiría vivir en el país de manera indefinida. Estos beneficios otorgados por la ley 171-07 se renuevan cada dos años y pueden extenderse a tu pareja e hijos menores de edad.
¿Cómo solicitar estos beneficios otorgados por la Ley 171-07?
Para obtener estos beneficios otorgados por la ley de pensionados y rentistas, deberás presentar una solicitud ante la Dirección General de Migración o el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación (CNZFE). Es necesario que brindes la siguiente documentación:
- Prueba de ingresos: Documentos que demuestren de dónde viene tu dinero y cuánto es.
- Certificado de buena conducta: Emitido por las autoridades de tu país de origen.
- Certificado médico: Para que vean que estás en buen estado de salud y listo para disfrutar del Caribe.
Mudarte a la República Dominicana tiene sus ventajas…
La Ley 171-07 te ofrece una gran oportunidad para vivir en la República Dominicana con beneficios fiscales y residencia permanente. Aprovecha el clima cálido, las playas hermosas y los ahorros en impuestos. ¡Haz de la República Dominicana tu nuevo hogar y comienza a disfrutar de una vida tranquila y soleada!
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Déjanos tu punto de vista y analicemos el tema en conjunto.